Sentencia nº 36/2017 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 20 de Enero de 2017

Marzo 17 , 2017 // Reformas legales y debate

Publicado en VLex

 Diferencias entre el Seguro de Enfermedad y Asistencia Sanitaria

En el seguro de enfermedad la relación Aseguradora-médico y las Clínicas es contractual mientras que la relación Asegurado (paciente)-Aseguradora es extracontractual.

En el seguro de asistencia sanitaria, la primera (Aseguradora-médico) es extracontractual y la segunda (Asegurado-paciente- y Aseguradora) contractual, siendo   la libertad de elección del médico era absoluta y sin limitación alguna.

Por ello, los plazos de prescripción para el ejercicio de las acciones legales serán de 15 o de 1 año, según sea contractual o extracontractual, respectivamente.

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Sentencia nº 36/2017 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 20 de Enero de 2017
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