Enero 25 , 2019 // Las Especialidades
Publicado en Capital Madrid
“El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”. Esta exigencia es la responsabilidad civil (RC), según la define el Código Civil (art. 1902). Y, como se deduce, implica indemnización, y si no hay acuerdo, juicio. Es decir, implica dinero, y mucho en algunos casos. Las situaciones que pueden generar RC son muchísimas.
En lo primero que piensa uno es en la RC en el caso de un accidente de tráfico. Tras lo cual es inevitable que a uno le venga a la mente el seguro de Autos, cuya garantía de RC es obligatoria. Pero, ¿y qué pasa si un hijo da una pedrada a un vecino y le abre la cabeza? ¿o si al cruzar mal una carretera el peatón provoca la caída de un ciclista? ¿o si mi perro muerde a un niño jugando en el parque?. Los ‘Que pasaría si…’ son innumerables, y para estas circunstancias no es tan habitual el uso del seguro.
Sin embargo, los costes para los siniestros con daños personales como los enumerados pueden ser muy elevados, tanto o más que en el caso de la RC para automóviles; cuantías que una persona particular es muy difícil que pueda afrontar. Se supone que el seguro de Hogar incluye protección para este tipo de situaciones, pero hay que tener cuidado. Según advierte el actuario Michael Noack en la Revista Actuarios, “no todos los seguros de Hogar incluyen esta cobertura y, además, estamos lejos de que todos los hogares o familias tengan contratado este seguro”.
Además, hay otro problema, los límites del seguro de la RC privada: hay muchos de 60.000 euros y pocos superan los 300.000. “Para los daños materiales parece correcto el límite de cobertura, pero en el caso de los daños corporales no ofrecen una protección real para las familias, comparado con la RC de coches, donde el limite obligatorio es de 50 millones”, advierte este experto, que añade que “podemos decir que una parte importante de la población no dispone de ningún seguro de RC privado, mientras que otra parte sí que lo tiene, transmitiendo tranquilidad, pero a esta última se le podría decir que está en una situación de infraseguro”.
Para la sociedad este seguro prácticamente no tiene importancia, y para las aseguradoras, tampoco: “Contratar un seguro de este tipo, sin el seguro de Hogar, no es lo más habitual y no todas las compañías lo ofrecen. Obtener, además, los límites de cobertura correctos puede resultar una aventura”.
El asunto se complica en el entorno actual. Porque ahora ya no solo hablamos de posibles siniestros como los descritos anteriormente, sino que a ellos se han unido toda una gama de nuevos riesgos que implican RC, como los generados por las nuevas tecnologías; o los drones, para los que ya es necesario un seguro obligatorio a partir de cierto tamaño y uso; o para los patinetes eléctricos, cuya utilización en las ciudades está generando problemas y, por tanto polémica. En medio de esa polémica ha irrumpido Fundación Mapfre con la publicación del informe ‘Nuevos sistemas de movilidad personal en ciudad y sus problemas asociados a la seguridad vial’.
En el estudio se ponen sobre la mesa datos que muestran la conveniencia de, al menos, iniciar el debate sobre la posibilidad de imponer un seguro obligatorio de RC. Lo primero que se deduce es que el uso de patinetes eléctricos, segway, hoverboard, y demás vehículos de movilidad personal (VMP) que circulan por las ciudades es peligroso. Así al menos lo perciben 8 de cada 10 conductores y peatones. Además, 1 de cada 10 reconoce haber sufrido algún percance en el último año con estos medios de locomoción, por lo que 9 de cada 10 cree necesario que se regule su utilización lo antes posible.
Las cifras de siniestralidad les dan la razón. En 2018, los VMP ocasionaron 300 incidentes, cinco víctimas mortales y multitud de heridos. Solo entre junio y octubre de 2018 se registraron en Madrid 22 accidentes con VPM implicados, 8 de los cuales fueron atropellos de peatones. Como consecuencia se produjeron 2 heridos graves y 16 leves. Hay otro hecho que da una idea de hasta qué punto se podría complicar la situación.
El Fiscal Coordinador de la Unidad de Seguridad vial de la Fiscalía General del Estado publicó una nota de prensa en diciembre de 2018 en la que se recogía indicaciones sobre la eventual responsabilidad penal de los conductores de VPM. En ese escrito, del que se hace eco el informe de Fundación Mapfre, se explica, entre otras cosas, que se han recabado de las Policías Locales datos completos de siniestralidad por atropellos a peatones y ciclistas “para con su conocimiento fundado formular las propuestas de reforma legal en el ámbito de la seguridad vial y del seguro”.
Y continúa: “Se sospecha de una cifra negra de siniestralidad debido a la falta de denuncia unida a la fuga del autor. Por ello se han dado indicaciones a las Policías para que se esmeren en la investigación y recaben la colaboración ciudadana (…)”.
Parece, por tanto, que urge un debate sobre el uso del seguro en el caso de los VPM. Los patinetes eléctricos de alquiler ya cuentan con un seguro obligatorio; los de uso particular, no. Aunque sí hay aseguradoras que ofrecen estas pólizas. No obstante, también el sector tendrá que hacer un trabajo de adaptación a los tiempos: “Yo en los últimos días no he encontrado ninguna oferta con unos límites para daños corporales por encima de los 150.000 euros. Esperemos que las compañías adapten sus coberturas a las necesidades reales”, afirma el actuario Michael Noack.
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