Enero 26 , 2016 // Congresos, seminarios y cursos
Publicado en Editorial jurídica Sepin
El pasado mes de diciembre de 2015 la Sala Primera del Tribunal Supremo en la Sentencia (no plenaria) del día 9 del mismo mes, siendo ponente el Excmo. SR. D. Ignacio Sancho Gargallo, presentaba un nuevo criterio sobre el plazo de prescripción aplicable para la reclamación de las primas sucesivas impagadas en los seguros.
La situación a resolver devenía de una reclamación de cantidad por impago de sucesivas primas fraccionadas de tres seguros de prima anual indivisible y cuyas pólizas se habían prorrogado de forma automática. En aplicación del art. 15, párrafo segundo, de la Ley de Contrato de Seguro (art. 15.2 LCS) se entendía que los mismos ya estaban extinguidos automáticamente “ex lege” y la acción de reclamación estaba caducada.
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